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JURADIS URUGUAY

No a Juicios por Jurado en casos civiles

PUERTO RICO. Se espera que la discusión se traslade finalmente al Tribunal Supremo. Primera vez en la historia que se solicita que se reconozca el mismo al amparo de la Séptima Enmienda de la Constitución de Estados Unidos

La posibilidad de que en Puerto Rico puedan celebrarse juicios por jurado en casos civiles, todavía sigue bajo evaluación del Tribunal Supremo (TS). El pasado 14 de mayo de 2013, Alfredo Castellanos, representante legal de la parte peticionaria en el caso de Myrta Pérez vs. Franchesca Y. Quiñones, acudió en reconsideración al Tribunal Supremo por este haber denegado una Petición de Certiorari solicitando que se reconociera el derecho a juicio por jurado en casos civiles, al amparo de la Séptima y Catorceava Enmienda de la Constitución de Estados Unidos y de la aplicación de la Cláusula de Supremacía.

La Peticionaria argumentó que al negarse a expedir el recurso sin ninguna expresión ante lo que había sido una decisión dividida del Tribunal de Apelaciones, el TS perdió de perspectiva su deber de velar porque en Puerto Rico se respeten y se apliquen las disposiciones de la Constitución de Estados Unidos, acción que atentaría contra el sistema federado de gobierno y opera en detrimento de la mejor administración de la justicia.

El Artículo VI de la Constitución de Estados Unidos contiene lo que se denomina la Cláusula de Supremacía. Tanto los jueces del TS como los demás jueces están obligados por esa Cláusula a reconocer los derechos que confiere la Constitución de Estados Unidos y a aplicar los precedentes que sobre ellos establece la Corte Suprema de Estados Unidos. Además, están obligados a reconocerlos aun cuando éstos contravengan disposiciones constitucionales o estatutarias de su propio estado o territorio.

A la parte peticionaria le preocupa que el reconocimiento de un derecho fundamental no haya provocado una mínima expresión del más alto foro y que al negarse a expresarse sobre el tema, los jueces del Supremo han ido en contra del juramento que tomaron de defender la Constitución federal.

El tema de juicio por jurado en casos civiles en Puerto Rico es un asunto novel y de alto valor histórico que pudiera ser discutido, ya que es la primera vez en la historia que se solicita que se reconozca el mismo al amparo de la Séptima Enmienda de la Constitución de Estados Unidos y de la doctrina de la incorporación selectiva. Asimismo, es la primera vez que se solicita formalmente al TS que se reconozca a Puerto Rico como un territorio incorporado.

Aunque se firmó una reciente ley que limita el poder del TS, que el propio Tribunal denunció, al negarse a reconocer derechos constitucionales y a aplicar la Cláusula de Supremacía –que da un mayor acceso a la justicia- este alto foro parecería entrar en una contradicción. 28 de mayo de 2013 - Ley y orden, Tribunales - Redacción, EL VOCERO

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