Proponen Juicios por Jurado para los infractores juveniles
Por Prof. Dr. Alfredo Fernandez Vicente (098 368 078) Este ante-proyecto responde al pronunciamiento institucioinal de JURADIS, en el sentido de proponer la reinstitucionalización de los jurados como experiencia piloto, puntualmente en dos temas en los cuales la necesidad de participación ciudadana se revela como más urgente:
* los casos en que la acusación recae sobre delitos de homicidio o lesiones donde la defensa invoca alguna de las causas de justificación del artículo 26 y 27 del Código Penal, siempre que proceda proceso ordinario y exista controversia sobre cuestiones de hecho.
* las infracciones de adolescentes a la ley penal, en los casos de homicidio, lesiones, rapiña y copamiento, como así también en estos procedimientos la determinación de las medidas cautelares aplicables con arreglo al art.76 nral. 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley nº 17.823 del 7 de setiembre de 2004).
La prueba de los hechos fundantes de las causas de justificación y su valoración penal, particularmente la evaluación y juzgamiento de la necesidad racional del medio de defensa empleado, y aún más específicamente en el caso de la legítima defensa presunta cuando se defiende la morada respecto de un extraño sorprendido en ella, han causado perplejidad en la opinión pública y afectado fuertemente al sentimiento de inseguridad ciudadana.
La participación directa del soberano, mediante el instituto del Jurado, permitirá a la opinión pública comprometerse y aceptar la decisión sobre estos aspectos tan sensibles, a la par que dar al magistrado actuante el respaldo de la valoración directa del soberano en la respuesta penal.
La sensación de lenidad o falta de compromiso eficaz con la seguridad ciudadana ante la difundida percepción pública de aumento de la violencia en las infracciones de adolescentes agresivas de la vida o la integridad física de las personas, se verá igualmente incrementada contribuyendo al aumento del sentimiento de seguridad ciudadana.
Debería incluirse, asimismo, una partida razonable para gastos del funcionamiento de los jurados estimados (viáticos y alimentación de los jurados durante su actuación).
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