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JURADIS URUGUAY

INFORME SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LOS EE. UU. DE AMÉRICA

INFORME SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LOS EE. UU. DE AMÉRICA

por Dr. CARLOS APARICIOInvitado por el Gobierno de los Estados Unidos, tuve oportunidad de participar en un seminario que se realizó entre el 18 de enero y el 28 de febrero de 1986 sobre la Administración de Justicia en Norteamérica. Los seminaristas, abogados, jueces y fiscales de América Latina, visitamos las ciudades de Washington (pulsar aqui para leer informe

Curro Jimenez: Jurado en Doce Hombres en Pugna

Proponen Juicios por Jurado para menores infractores

Proponen Juicios por Jurado para menores infractores

URUGUAY, MONTEVIDEO Proponen reinstalar los jurados en Uruguay en casos de menores y legítima defensa para que la Justicia "se acerque a la gente" dijo el Dr. Fernandez Vicente (098368078) Leer ahi el anteproyecto

Fue publicado en BUSQUEDA | POLITICA | Pag. 16 | 13/12/2012 (por Javier Benech)- 

"Es fácil escuchar que los menores entran por una puerta del juzgado y salen por la otra, pero yo quiero ver si la gente sentada en un banquillo de jurado sanciona tan fácilmente", dijo la Jueza de Menores, Dra Aída Vera Barreto (099185482)

La imagen típica de las películas de cine norteamericanas, en las que un jurado escucha los argumentos de la Fiscalía y de la defensa, delibera sobre el asunto y emite un veredicto al juez, puede transformarse en una realidad en Uruguay si prospera un proyecto de ley que un grupo de abogados, docentes universitarios y ex fiscales presentaron al Parlamento.

El grupo, llamado Juradis, propone que en Uruguay se reinstalen los jurados como una experiencia piloto para los casos en los que participan menores infractores o en los de legítima defensa, dos asuntos sobre los que la sociedad ha debatido con intensidad en los últimos meses y sobre los que la jurisprudencia ha tenido fallos diversos.

El juicio por jurado se previó en la primera Constitución en 1830 y estuvo vigente en Uruguay entre 1908 y 1936, cuando una acusación de soborno al jurado en el famoso "juicio de la Ternera" terminó por desterrar este mecanismo.

Para el profesor grado cuatro de Técnica Forense de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, Dr. Alfredo Fernández Vicente, no es casualidad que el jurado haya sido desterrado por la dictadura de Terra.

Según afirma, lo mismo sucedió en la Italia fascista y en la España del franquismo, ya que se trata de un mecanismo "profundamente democrático" al que los totalitarismos "tratan de huir".

"Se trata de un mecanismo que busca acercar a la gente al sistema de justicia. Lo que busca es dar participación", señaló Fernández.

 Para este docente universitario, que es una de las caras visibles del grupo Juradis, la sensación de inseguridad que tiene la gente pasa en gran medida por lo "ajeno que le resulta el sistema".

 "El jurado es justamente una manera deque la gente participe en la administración de justicia ?continuó? y no lo vea como algo reservado a los burócratas en lo que no tiene nada que ver".

De hecho, según Fernández Vicente, en los países en los que se ha transitado por esta experiencia lo que se ve es que los jurados terminan en la mayoría de los casos resolviendo de una manera similar a como lo hacían los jueces. "Hay magistrados que lo ven como una amenaza a sus competencias. En realidad, deberían sentirse respaldados, porque tienen nada menos que al soberano sentado al lado", reflexionó.

"En un momento en el que se habla mucho de las formas de democracia directa esto es fantástico, es la participación directa de la ciudadanía en el sistema de justicia", prosiguió.

A su juicio, este mecanismo debe estar reservado para ciertos temas "graves" en los que la valoración de cómo sucedieron los hechos es determinante. "No puede aplicarse a los ladrones de gallinas sino a hechos relevantes", concluyó.

Como experiencia piloto, el grupo Juradis propone comenzar por los delitos que protagonicen los menores de edad y por los casos de presunta legítima defensa, donde se han producido discrepancias entre algunas resoluciones judiciales y la opinión pública.

"Se trata de dos temas muy debatidos en los que la opinión de la gente puede aportar mucho", señaló Fernández.

Elección. Para elegir al jurado, el proyecto propone una serie de pasos sucesivos que aseguren la representatividad e imparcialidad de sus miembros. El primero es elegir una lista de las personas inscriptas para votar en la jurisdicción del juzgado que tiene competencia en el hecho.

La segunda fase implica sortear a 36 personas de esa lista, de modo que queden 12 titulares y dos suplentes por cada uno de ellos.

Luego, se propone un interrogatorio que el juez y el fiscal realizan a los candidatos de modo de detectar eventuales prejuicios o impedimentos que puedan interferir en el caso. Tanto el fiscal como el defensor pueden recusar a los miembros del jurado para garantizar la imparcialidad.

Al mismo tiempo pueden incluirse cuotas de sexo, edad, raza, religión u otras variables de modo de hacer que el grupo tenga una amplia representación.

Las decisiones del jurado tienen que ser tomadas por una mayoría especial de tres cuartos. "En realidad, no inventamos nada. Tomamos las soluciones propuestas por el Código Modelo Iberoamericano", apuntó Fernández.

"Buena idea". La iniciativa ya tiene simpatizantes y detractores. La jueza de menores Aída Vera Barreto considera que se trata de una "buena idea" que puede ayudar a la Justicia en determinados asuntos. "Es importante que la gente se empiece a involucrar porque se habla de los jueces y de la Policía como algo extraño", reflexionó.

"En materia de menores es fácil escuchar que entran por una puerta del juzgado y salen por la otra, pero yo quiero ver si la gente sentada en un banquillo de jurado sanciona tan fácilmente", agregó.

De acuerdo con la jueza, gran parte del éxito de esta iniciativa depende de la elección del jurado. "Es importante que sea variado, que haya un obrero, un profesional, un conductor de ómnibus, para que haya variedad de opiniones".

Según su experiencia, el aporte podría ser "muy útil" en los casos de homicidio culposo, como los accidentes de tránsito, en el que la visión de la ciudadanía puede constituir un aporte importante a la hora de decidir, por ejemplo, si el procesamiento ocurre con o sin prisión.

"No sé cuál puede ser el resultado del debate, pero la discusión de por sí ya es bienvenida", apuntó.

Los jueces penales de adultos tienen más reparos a la iniciativa. Dos magistrados que prefirieron no identificarse dijeron que si bien puede ser un aporte ven que la implementación puede ser "muy difícil".

"Es muy complicado que gente que no tiene formación en Derecho termine decidiendo aspectos técnicos muy complejos", valoró uno de ellos. El otro agregó que es "muy difícil" la elección de un jurado imparcial en una sociedad tan pequeña como la uruguaya.

Llego la hora de que el Pueblo, participe de la eleccion de los Jueces

Llego la hora de que el Pueblo, participe de la eleccion de los Jueces

ARGENTINA. "Llegó la hora de que el pueblo participe de la elección de los jueces" dijo la diputada kirchnerista Diana Conti y aseguró que "habría que estudiar el tema" para que los magistrados "no duren eternamente".

Esta mañana, Cristina Kirchner había pedido "democratizar la Justicia"

"Con esta actual Constitución Nacional estamos encorsetados, no se me ocurren medidas. Soy de la idea de que los jueces sean elegidos periódicamente, que no duren eternamente. Llegó la hora de que el pueblo participe de la elección de los jueces", consideró Conti.

La diputada kirchnerista sostuvo que de esta manera "se puede asegurar la independencia" del Poder Judicial y evitar fallos como el que ayer absolvió a los 13 acusados de secuestrar y desaparecer a Marita Verón.

"Si existiera juicio por jurados, en el ámbito penal, con jueces técnicos y jueces populares, con ciudadanos participando de un juicio, las absoluciones de ayer no hubieran ocurrido", argumentó la legisladora en diálogo con Radio 10.

En cuanto a la Corte Suprema, Conti la calificó de "prestigiosa", aunque afirmó que "eso no alcanzó, porque se siguen encontrando todos los días casos penales como el de Marita Verón, con núcleos de jueces duros y que se resisten a hacer lo que la ley los obliga".

"Sería importante que desde el propio Poder Judicial se sumen más voces, que surja una clara decisión de democratizarse".

Juicio por Jurado: Para el Sciolismo la opinión de Zaffaroni “es minoritaria en la doctrina del derecho”

Juicio por Jurado: Para el Sciolismo la opinión de Zaffaroni “es minoritaria en la doctrina del derecho”

El próximo jueves en la Cámara de Diputados provincial se votará el proyecto que impulsó el Ejecutivo sobre Juicios por Jurados; hoy el Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Eugenio Zaffaroni mostró su negativa a la iniciativa que planea instaurar “jurados populares”. Pero desde el sciolismo avisan que su opinión es respetable aunque es “absolutamente minoritaria en la doctrina del derecho penal y constitucional”.

En diálogo con Letra P el presidente de la Comisión de Seguridad de la Cámara Baja Iván Budassi estimó que “más del 90 por ciento de los que escriben sobre derecho penal y constitucional están de acuerdo con el juicio por jurado clásico como el que vamos a votar ahora”.

En este sentido, el legislador explicó que personas de la sociedad civil formen parte de este tipo de procesos tiene que ver con que “sea el pueblo que se manifiesta con su capacidad de análisis y sentido común ante hechos”.

De la misma manera Budassi indicó que “las opiniones que el sistema no funciona tienen dos respuestas: primero que el sistema funciona en Inglaterra, Canadá, gran parte de Latinoamérica, en Brasil funciona desde hace 200 años para los homicidos dolosos. Toda Europa occidental tiene juicio por jurado.”

“En relación a la otra observación que él (Zaffaroni) hace de poner abogados dentro del jurado también es una opinión respetable y en Córdoba funciona así. Recordemos que los jurados no hacen ninguna opinión jurídica, simplemente sobre si algo pasó o no pasó y sobre lo que pasó o no quién es el responsable” aclaró.

El proyecto que ya tuvo despacho favorable tanto de la Comisión de Seguridad como de la de Legislación General en Diputados se encamina a la media sanción.

“Todos los bloques que intervinieron en las dos comisiones estuvieron de acuerdo, el único que todavía no fijo posición es la Coalición Civica. Todo el resto está de acuerdo con el despacho, con el proyecto, con la letra fina, con todo” anticipo Budassi al respecto. Por su parte, desde la CC ya estimaron que no acompañarán la iniciativa en discusión.

Uno de los puntos que Zaffaroni objetó del proyecto fue los jurados emitirán un veredicto “sin fundamentarlo”. Al respecto, el alfil sciolista recordó que “lo que le da fundamento al fallo son las preguntas e instrucciones que le da el juez al jurado. Le hace una serie de preguntas y una serie de interrogantes que debe responder el jurado y que precisamente esos son los fundamentos tales”.

En nuestro país en la provincia de Córdoba ya se lleva adelante esta modalidad de enjuiciamiento integrado por 3 camaristas y 8 jurados populares. El proyecto para la Provincia de Buenos Aires, por su parte,  estima que sean 12 jurados populares y sin abogados en la conformación.

Juicios por Jurado. Introduccion.

En muchas jurisdicciones el acusado tiene derecho a un juicio por jurado.

Un juicio por jurado es un juicio en el que lo ciudadanos normales, no jueces, emiten juicios en los hechos o el derecho que son vinculantes para el acusado.


Los juicios por jurado existían en India y Singapur pero han sido eliminados.
Pros y contras del sistema de jurado
Pros

El sistema de jurado dispone una oportuniad única para los ciudadanos de participar en la adminsitración de justicia. El sistema de jurado también dispone un control único contra el enjuiciamiento excesivo del Estado. Un jurado también es una oportunidad para que un acusado sea juzgado por un grupo de sus pares. El perjuicio individual y la irracionalidad es verificada por el grupo, llevando una adminsitración de justicia más justa y razonada.
Contras

El sistema de jurado es extremadamente ineficiente y es un sistema de defensa penal que gasta muchos recursos. Incrementa dramáticamente la duración y el costo de la realización de un juicio. Dada la preocupación de que las personas legas no pueden entender el derecho, los juicios por jurado requieren controles extensivo para garantizar resultados de calidad. Muchas reglas del regimen probatorio son establecidas para evitar que el jurado conozca de pruebas irrelevantes, inflamatorias o perjudiciales por miedo a que el jurado otorgue peso inapropiado a estos tipos de pruebas.

Los jurados no tienen experiencia jurídica. Algunas personas han argumentado que son facilmente manipulados por abogados listos que pueden confundir a los jurados con jerga jurídica técnica.
Estados Unidos

La Sexta Enmienda dispone al derecho a un juicio por jurado:

    [E]n los enjuiciamientos penales, el acusado tendrá el derecho a un juicio público y sin dilaciones indebidas, por un jurado imparcial del Estado y en el que el delito haya sido cometido.[1]

En los Estados Unidos, el acusado tiene derecho a un juicio por jurado por cualquier infracción salvo "faltas" [2] La Corte Suprema de los Estados Unidos ha concluido que las faltas incluyen delitos por los que el acusado puede ser condenado a más de seis meses. El derecho a un juicio por jurado no depende de si el acusado es de hecho condenado a prisión o no. El acusado y el fiscal deben renunciar al derecho a un juicio por jurado. En los casos en que ambas partes renuncian al derecho a un juicio por jurado, el juez actua como órgano juzgador. Esto es lo que se conoce como juicio por un tribunal.

No existe derecho a un jurado en procesos de menores o juicios militares.

El jurado puede tener como mínimo 6 personas y el grupo debe ser seleccionado de un grupo que sea representativo de la población general en la que el acusado sea acusado. [3]

La unanimidad del jurado no es requerida para encontrar al acusado culpable. La Corte Suprema ha decidido que una sentencia condenatoria por 5-1 era Constitucional [4]
Selección del Jurado

El jurado es seleccionado mediante un proceso llamado Voir Dire. Voir Dire se refiere al procedimiento para seleccionar jurados y también el procedimiento para determinar si un testigo experto tiene las cualificaciones, educación o experiencia para actuar como experto. Durante el Voir Dire tanto el fiscal como el abogado de defensor tienen permitido hacer ciertas preguntas al jurado con el fin de determinar si los jurados pueden actuar de forma imparcial y justa.

Un abogado defensor también puede usar el "Voir Dire" para introducir su theory of the case (tesoría del caso) a los jurados por primera vez.

Para seleccionar un panel de jurados completo, el tribunal generalmente escoge entre los 6-12 jueces potenciales salidos del grupo de candidatos potenciales. Cada panel es interrogado por el fiscal y el abogado defensor.

El fiscal y el abogado defensor reciben un número limitado de oportunidades de recusar un miembro del jurado. No tienen que dar una razón que justifique su decisión. Sin embargo, no pueden eliminar un miembro del jurado simplemente por razones de raza, génreo u otro sesgo.

Ambas partes pueden recusar un miembro del jurado al demostrar que el jurado tiene un conflicto de interés o no puede juzgar al acusado de forma imparcial por cualqueir razón.

El proceso continúa hasta que ambas partes hayan seleccionado un panel completo y algunos jurados alternos.
Potestad del jurado para absolver al acusado

La potestad del jurado para absolver al acusado ocurre cuando un jurado cree que el acusado se culpable más allá de la duda razonable pero lo absuelve porque no cren que el derecho es justo. Los estados están divididos en cuanto si un abogado defenso puede solicitar la potestadl de jurado para absolver al acusado durante los argumentos finales.

Zaffaroni criticó el proyecto de juicio por jurados y se inclinó por el tribunal mixto

Zaffaroni criticó el proyecto de juicio por jurados y se inclinó por el tribunal mixto

Buenos Aires. El ministro de la Corte afirmó que "no tendrá un efecto positivo" y se inclinó por el sistema mixto de tres jueces y dos ciudadanos. El Dr. Zaffaroni criticó el proyecto de juicio por jurados y se inclinó por el tribunal mixto. El ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Eugenio Raúl Zaffaroni, criticó el Proyecto de Ley de Juicio por Jurados, impulsado por el Ejecutivo bonaerense afirmando que “no tendrá un efecto positivo”.

El magistrado se inclina por “un tribunal mixto integrado por tres jueces técnicos y dos ciudadanos”. “El jurado tradicional de Estados Unidos no funciona tampoco. Es mentira eso que vemos por televisión. En el 96% de los casos en Estados Unidos se resuelve por juicio abreviado.

Es decir se negocia por así decir y tiene un carácter extorsivo”, expresó. En declaraciones a BA noticias, Zaffaroni afirmó que “si bien nuestra Constitución tres veces establece que debe haber juicio por jurado también es cierto que incorpora la declaración Americana de Derechos Humanos y exige el doble conforme. Es decir que haya por lo menos dos instancias, y que la segunda sea de revisión y es incompatible con el juicio por jurados que emite un veredicto sin fundamentarlo.”

“No se puede interpretar la Constitución como un texto autocontradictorio. De modo que el sistema mixto es el mejor”, agregó. Por otro lado, el Ministro destacó como “positivo” el Proyecto de Ley de Armas que se debate en la Legislatura provincial y remarcó que “siempre que se pretenda el desarmamiento para atenuar los diferentes conflictos en la sociedad, es positivo”. “Todo lo que lleve al desarmamiento es válido”, expresó Zaffaroni aunque afirmó que “tendría que conocer en detalle el proyecto para ver cómo se va a instrumentar”.

Proponen Juicios por Jurado para los infractores juveniles

Por Prof. Dr. Alfredo Fernandez Vicente (098 368 078) Este ante-proyecto responde al pronunciamiento institucioinal de JURADIS, en el sentido de proponer la reinstitucionalización de los jurados como experiencia piloto, puntualmente en dos temas en los cuales la necesidad de participación ciudadana se revela como más urgente:

     * los casos en que la acusación recae sobre delitos de homicidio o lesiones donde la defensa invoca alguna de las causas de justificación del artículo 26 y 27 del Código Penal, siempre que proceda proceso ordinario y exista controversia sobre cuestiones de hecho.

     * las infracciones de adolescentes a la ley penal, en los casos de homicidio, lesiones, rapiña y copamiento, como así también en estos procedimientos la determinación de las medidas cautelares aplicables con arreglo al art.76 nral. 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley nº 17.823 del 7 de setiembre de 2004).

La prueba de los hechos fundantes de las causas de justificación y su valoración penal, particularmente la evaluación y juzgamiento de la necesidad racional del medio de defensa empleado, y aún más específicamente en el caso de la legítima defensa presunta cuando se defiende la morada respecto de un  extraño sorprendido en ella, han causado perplejidad en la opinión pública y afectado fuertemente al sentimiento de inseguridad ciudadana.

La participación directa del soberano, mediante el instituto del Jurado, permitirá a la opinión pública comprometerse y aceptar la decisión sobre estos aspectos tan sensibles, a la par que dar al magistrado actuante el respaldo de la valoración directa del soberano en la respuesta penal.

La sensación de lenidad o falta de compromiso eficaz con la seguridad ciudadana ante la difundida percepción pública de aumento de la violencia en las infracciones de adolescentes agresivas de la vida o la integridad física de las personas, se verá igualmente incrementada contribuyendo al aumento del sentimiento de seguridad ciudadana.

Debería incluirse, asimismo,  una partida razonable para gastos del funcionamiento de los jurados estimados (viáticos y alimentación de los jurados durante su actuación).

Leer texto del anteproyecto de ley de Juicio por Jurado